19/04/2021
Ø
Por Resolución SENACSA
N°1804/2020:
·
Está prohibido el embarque de
animales con dispositivo de identificación tipo tarjeta color blanco para faena
con destino a la U.E.
·
Solo podrán ser embarcados
para faena con destino a la U.E. los animales con dispositivos de
identificación tipo tarjeta o botón amarillo o tipo tarjeta color naranja.
·
Queda prohibido el embarque de
animales con dispositivos de identificación color blanco conjuntamente con
animales con dispositivos de identificación tipo tarjeta o botón amarillo o
tipo tarjeta color naranja. El incumplimiento de esta disposición ocasionara la
perdida de la elegibilidad de toda la tropa para faena con destino a la U.E.
Ø
Por Resolución SENACSA N°
635/2020:
·
Por lo cual se aprueban
modificaciones al Reglamento SITRAP, en su cuarta versión, inherentes al
Sistema de Registro, Expendio y Control del uso de los productos de uso
veterinario que contengan en su formulación el 17 beta estradiol y sus ésteres.
·
Implementar el uso obligatorio
del Formulario de Sanitación, Suplementación Integral y Reproducción Anexo B
(FOR-GEN-015), aprobado por la Resolución SENACSA N° 633/2020.
·
Disponer que los animales
bovinos, en la categoría VACAS y VAQUILLAS, que hayan sido adquiridos de un
establecimiento NO SITRAP, por parte de un establecimiento SITRAP, mediante el
documento Declaración Jurada del Proveedor (DJP), sean identificados con
caravanas tipo TARJETA, COLOR BLANCO como NO CERTIFICABLE.
Ø
Tratamientos Sanitarios de
Suplementación Integral y Reproductivos:
·
Todos los Tratamientos
Sanitarios de Suplementación Integral y Reproductivos deberán ser registrados
en la Planilla de Sanitación, Suplementación Integral y Reproducción (FOR-GEN-015)
y deberá ser remitido del 1 al 15 de cada mes, a la Oficina de Registros
de Establecimientos Ganaderos para Exportación.
·
Los Tratamientos con 17 Beta
Estradiol y sus ésteres, deberán ser registrados en la Planilla de Sanitación,
Suplementación Integral y Reproducción (FOR-GEN-015) ANEXO B. La misma
debe ser remitida dentro de los primeros 10 días de su aplicación a la
Oficina de Registros de Establecimientos Ganaderos para Exportación. En caso de
que la planilla cuente con Notificación de Error / Asuntos Varios
FOR-GEN-018, las categorías de VAC y/o VAQ serán determinados como NO ELEGIBLES
hasta tanto se subsane el error.
Ø
Formularios:
A partir del mes de Marzo 2021, serán
recepcionadas los Formularios que cuentan con las revisiones vigentes,
según se detalla a continuación:
·
Formulario de Conformidad del
M.V.P. (FOR-GEN-063) Revisión: 03.
·
Formulario de Declaración
Jurada del Proveedor DJP (FOR-GEN-016) Revisión: 08.
·
Formulario de Comunicación de
Tratamientos Sanitarios, de Suplementación Integral y/o Reproductivo entre
Establecimientos Ganaderos SITRAP CTES (FOR-GEN-060) Revisión: 02.
Ø
Servicios:
Para
acceder a los servicios que presta esta Oficina, no debe contar con
Liquidaciones pendientes de pago.
A
fin de aclarar sus dudas, solicitamos se comunique a nuestra Oficina (021
760 309/ 760 159).
Los pagos de
obligaciones y formularios podrán ser realizados mediante
transferencias/depósitos a las cuentas habilitadas para tal efecto
Cuentas habilitadas para realizar
pagos:
·
Banco Continental
Cta.
Cte.: 010055090005
·
Banco Regional
Caja
de ahorro: 1275569
Razón Social:
Asociación
Rural del Paraguay RUC: 80021518-4
Realizado el pago,
remitir comprobante de depósito/transferencia a la dirección admsitrap@gmail.com , indicando
establecimiento, propietario y concepto a que corresponde.